
Todas las empresas requieren en algún momento financiar bienes de capital. La decisión de dicho financiamiento debe analizarse desde la perspectiva del riesgo inherente a dicha inversión. Por lo tanto, una vez analizada, se podrá decidir si dicho financiamiento se va a realizar con recursos propios o con recursos de terceros.
Si decidimos invertir en un bien de capital a través de financiamiento bancario, debemos evaluar las diversas ofertas en productos crediticios que ofrecen las entidades bancarias. Muy importante antes de decidir por cualquier entidad bancaria, es conocer el detalle de dicho costo de financiamiento, que incluye además de la TEA (tasa efectiva anual) los costos de seguros de desgravamen, siniestros, costos de mantenimiento y otros.
Dentro de los productos crediticios que ofrecen los bancos para financiar bienes de capital, están el crédito para activo fijo y el leasing financiero, pero ambos productos con características diferentes en cuanto a beneficios para las empresas. Entonces, desde una perspectiva bancaria, es muy importante saber asesorar a los clientes.
En el producto leasing financiero participan tres actores: el arrendador (entidad bancaria), el arrendatario (el cliente) y el proveedor (quien vende el bien). El arrendatario es quien elige el bien y al proveedor; el banco no interviene en dicha elección. Por otro lado, el arrendatario goza de las ventajas del uso del bien como si fuese propietario. La finalidad del arrendador no es vender bienes, sino prestar un servicio financiero. También es importante resaltar que el arrendatario no distrae recursos de la empresa para financiar bienes de capital. En este tipo de financiamiento, hay que tomar en cuenta dos conceptos que intervienen: el crédito fiscal y la depreciación acelerada.
Por el lado del crédito fiscal, el arrendatario difiere y distribuye el pago del IGV del bien adquirido a través del IGV sobre las cuotas dentro del cronograma de leasing.
Otro concepto que aplica en el leasing financiero es el de la depreciación acelerada; es decir, la pérdida de valor, que dependiendo del tipo de bien se depreciará en un número determinado de años.
Por ejemplo, si fuera un vehículo o maquinaria se depreciará en 5 años por la vida útil de estos bienes, de acuerdo a la ley de depreciación contable (método de línea recta). En cambio, si el cliente lo financia a través del leasing financiero, ese mismo bien se deprecia en el periodo en que se acuerda tomar el leasing. Para el caso de ejemplo, se va a tomar a 3 años; siendo así, el bien se depreciaría en solo 3 años.
Para ambos casos, se asume que el bien tiene un precio de venta de US$ 150M. Por método de línea recta se depreciará US$ 150M / 5 años = US$ 30M anuales (sin leasing financiero). Tomando un leasing financiero, se depreciará US$ 150M / 3 años = US$ 50M anuales. A la diferencia entre la depreciación acelerada y la depreciación contable (método línea recta) se le conoce como escudo fiscal. Para este caso US$ 50M – US$ 30M = US$ 20M. Y en monto de ahorro anual de pago de impuesto a la renta, sería de US$5,600.
Por otro lado, es muy importante que el destino de dicho financiamiento, vía leasing financiero, sea para actividades propias del negocio, con la finalidad de lograr un adecuado nivel de generación de cobertura del servicio de la deuda a través de la utilidad operativa.
*Este post es una colaboración de Martín Facundo, docente de la Facultad de Negocios de la Universidad Privada del Norte.
Etiquetas:
y nos
pondremos en contacto
para brindarte