El viernes 15 de mayo vence el plazo para realizar los depósitos correspondientes a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), y aun cuando no se ha autorizado la disposición de hasta el 100% del excedente de cuatro sueldos como sucedió durante el año pasado, muchos vienen planificando qué hacer con el dinero extra.

En ese sentido, Manuel Velásquez, docente de nuestra Facultad de Negocios, señala que la CTS es por definición un seguro en caso de desempleo y por tanto hay que ser muy cautelosos con el destino que le demos al dinero.
“Esencialmente la CTS es un derecho adquirido que se activa cuando cesa el vínculo laboral, pero en el Perú se han dado variaciones respecto a la disponibilidad de este beneficio”, explica. Lo que se busca –anota el profesor Velásquez- es liberar un porcentaje de la CTS para reactivar el consumo. Esta posibilidad, que si bien supone una inyección de liquidez en las economías familiares, puede terminar afectado el fin primordial de la CTS.
Así, el profesor Velásquez recomienda no utilizar el dinero disponible en consumo. “Básicamente la CTS se debería usar para el pago de deudas que tienen un alto costo financiero (mayor al 50% anual), para alguna opción de ahorro de alto rendimiento en fondos mutuos o a plazo fijo, o para alguna inversión suficientemente analizada”, manifiesta.
Por otra parte, nuestro docente sugiere utilizar las tarjetas de crédito sólo en caso de adquirir bienes durables y no para las compras del día a día. Como se sabe, los intereses pueden llegar a superar el 100% anual y deudas de este tipo ponen en serios aprietos la economía familiar.
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